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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en su sentencia emitida el pasado 3 de marzo considera que deberán ser los Tribunales españoles quienes, caso por caso, establezcan la nulidad de este tipo de cláusulas por abusivas.

 

El tribunal de justicia establece que los tribunales españoles deberán de prestar especial atención a este tipo de cláusulas, las cuales deberán ser claras y compresibles, sometiéndolas al control de transparencia

 

También establece el tribunal que en el supuesto de que se declare la nulidad de este tipo de cláusulas por abusivas, los tribunales españoles podrán sustituir el IPPH por un índice legal aplicable, siempre que el contrato de préstamo hipotecario no pudiera subsistir tras la supresión de la cláusula abusiva y que la anulación del contrato en su totalidad dejara al consumidor expuesto a consecuencias especialmente perjudiciales.

 

¿Qué es el IRPH?

 

El Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios, también conocido como “Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años para adquisición de vivienda libre", es un índice de referencia a aplicar en los préstamos hipotecarios a interés variable,  que se adiciona al diferencial establecido en el préstamo hipotecario.

El IRPH ofrecía tres modalidades diferentes: Bancos, Cajas de Ahorro y Conjunto de Entidades. Actualmente solo se encuentra vigente el IRPH aplicado por el Conjunto de Entidades de Crédito.

 

Si necesitas más información, o crees que tu préstamo hipotecario está sujeto al IRPH, contáctenos.